¿Qué es el DUE?

Captura de pantalla del DUE

El DUE, o Documento Único Electrónico, en el argot de los emprendedores, es la herramienta informática que permite la creación telemática en 24/48 horas de una empresa, ya sea una Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) o, desde el año pasado, las Sociedades Limitadas (SL) convencionales.

Cuando queremos crear de manera inmediata una Sociedad, debemos acudir a un PAIT –en este enlace podemos localizar el más cercano– donde un técnico especializado rellenando el DUE, que en definitiva es como si cumplimentara un expediente con distintas pestañas, hará que podamos realizar la creación de nuestro negocio en un mismo lugar, con trámites simplificados y en menos tiempo.

Al rellenar el DUE se pregunta todo lo que necesitas para crear tu negocio, incluso cosas que quizá no domines, por lo que nos gustaría ponerte en preaviso de todo lo que debes tener en cuenta y llevar contigo a la hora sentarte en la institución de turno a que te rellenar dicho documento electrónico.

– Debes llevar el DNI original de todos los socios. En el caso de extranjeros: NIE Comunitario ó NIE y permiso de trabajo que corresponda.

– Los socios extranjeros capitalistas (sin residencia ni actividad en la empresa) tienen que aportar el NIE por asuntos económicos

– Si es el caso, DNI original de todos lo trabajadores. Extranjeros: NIE Comunitario ó NIE y permiso de trabajo que corresponda.

– La tarjeta de seguridad social de todos los socios y trabajadores, u otro documento que acredite el número de afiliación a la Seguridad Social.

– Decidido el epígrafes de Actividades Económicas y Clasificación Nacional de Actividad Económica (CNAE). Si se tienen dudas al respecto puedes llamar previamente a Hacienda para ver cual es el que corresponde a la actividad que vas a desarrollar.

– Datos personales de los socios y cónyuges incluyendo sus DNI y regímenes matrimoniales

– Datos del domicilio de la empresa y de la Actividad, incluyendo metros cuadrados del lugar de la actividad, código postal y teléfono

– Porcentajes de participación en el capital social de los socios y administradores.

-Para los que van al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), la base de cotización elegida y la Mutua en caso de Incapacidad Temporal ó Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.

-Para el caso de contratación de trabajadores el original de contrato o acuerdo de contratación o autorización para cursar el alta en la seguridad social.

– Si deseas domiciliar los pagos de Seguridad Social, aportar un número de cuenta corriente particular.

– El número de cuenta bancaria o de tarjeta y la fecha de caducidad de la misma para el pago al Registro Mercantil Provincial de la tasa correspondiente.

– El justificante del pago realizado (con anterioridad a la tramitación) al RMC (Registro Mercantil Central) de 13,94 € por la obtención de la denominación social.

Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

4 Replies to “¿Qué es el DUE?”

  1. Sarandonga dice:

    Pero QUeeee es estOOOOoOoOOo¿¿!!!!!

    1. Afligida dice:

      rapido? vaaa todo papeleoss baa nada nda esto poko facilita

  2. Tocinoo dice:

    maaaa! yo voi aceme uno deestoss!

  3. J. Navarro dice:

    Hola Sarandonga, Afligida y Tocinoo, entiendo que debeen tener el «mal del día 27» :)

    Pues si que facilita bastante, por ejemplo, en media hora puedes estar dado de alta de autónomo…es más es algo que no rellenas tú sino que lo hacen por ti en la Ventanilla única de tu provincia.

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