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DEMOSTRADO
En España es más fácil blanquear dinero negro que un emprendedor abra una empresa
Hoy les traemos un vídeo que muestra la realizada española, los emprendedores aparecen en el centro de todo pero no hay voluntad de hacer cambios radicales y reales que supongan mejoras efectivas para ellos ¿por qué no se facilitan verdaderamente las cosas?, se lleva años así, en cambio cuando se quiere verdaderamente reducir la burocracia en algo, si se quiere se puede, en este caso el blanqueo de dinero a través de la anminstia fiscal. Merece la pena verlo entero.
NORMATIVA
Nuevo reglamento de facturación: se crea la factura simplificada
El pasado 1 de enero de 2013 entró en vigor el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y que como emprendedores deberemos tener muy en cuenta, ya que cambia algunas de las reglas del juego a al hora de emitir facturas.
Así, las principales novedades que se introducen en el reglamento que se aprueba son las siguientes:
- Se aclaran los casos en los que se deben aplicar las normas de facturación establecidas en dicho reglamento para una mayor seguridad jurídica de los empresarios o profesionales.
- Se establece que no se exigirá obligación de expedir factura en el caso de determinadas prestaciones de servicios financieros y de seguros, salvo cuando dichas operaciones se entiendan realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto, o en otro Estado miembro de la Unión Europea, y estén sujetas y no exentas.
IMPUESTOS
¿Cuáles son los cambios y novedades fiscales de 2013?
El presente año que comienza se presenta con muchas novedades fiscales si bien, con seguridad, el Gobierno se guarda alguna para los próximos meses. En la siguiente relación se puede encontrar una relación de los principales cambios fiscales para 2013:
Sociedades
- Se permitirá en 2013 la actualización monetaria por parte de las empresas del último balance aprobado por ellas. La actualización tendrá carácter voluntario, se extenderá tanto a personas jurídicas como físicas y estará sometido a una carga fiscal del 5%, incluye inmovilizado material y los arrendamientos financieros.
Las últimas fueron aprobadas en 1983 y 1996 con carga fiscal al 3%, y tuvieron poca aceptación, ahora con la carga fiscal al 5% y la evolución de los precios inmobiliarios, posiblemente no tenga mucho éxito. - Limitación a la deducibilidad de amortizaciones. De forma temporal para 2013 y 2014, Hacienda limitará la deducibilidad fiscal de las amortizaciones del inmovilizado material realizadas por grandes empresas. Será de un 70 por 100 del máximo previsto en tablas. La medida tendrá efectos en 2013 a través de los pagos fraccionados. Quedan excluidas las pymes y micropymes, que podrán amortizar normalmente.
EN LA WEB DE HACIENDA
Cómo denunciar el pago de 2.500 euros en efectivo
En algunos casos ‘con problemas’ entre pagador y cobrador habrá una competición por ver quién denuncia antes, ya que se librará de la multa
FISCAL
Aprobado el nuevo reglamento de facturación: aparece la ‘factura simplificada’
El pasado día 1 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Esta normativa normativa, que entrará en vigor el 1 de enero de 2013, reducirá las cargas administrativas y se facilitará las transacciones económicas, además de contribuir a la seguridad jurídica de los agentes económicos, sobre todo, en los casos de operaciones intracomunitarias, según afirma el Gobierno.
La norma regula un sistema de facturación basado en dos tipos de facturas: la completa u ordinaria y la simplificada. Las facturas simplificadas podrán expedirse cuando su importe no exceda de 400 euros, IVA incluido, o se trate de facturas rectificativas. También podrá aplicarse cuando su importe no exceda de 3.000 euros, IVA incluido, y se trate de supuestos en los que se ha autorizado la expedición de tiques en sustitución de facturas.
MOVIMIENTO LES PIGEONS
Lo que está pasando en Francia con emprendedores y empresarios
“El gobierno se equivoca de combate atacando a los empresarios”. Y ellos se han propuesto demostrarlo. Miles de creadores de start-ups, inversores y otros solidarios con la causa se movilizan desde hace varios días a través de las redes sociales contra los presupuestos de 2013 presentados por François Hollande.
Las medidas anunciadas “castigan a un sector que genera empleo con recursos muy limitados”, afirman los empresarios. El movimiento de defensa de los empresarios franceses surgido en la red se denomina ‘Les Pigeons‘ (Los Palomos) porque aseguran indignados que el Estado les toma por “primos” y no están dispuestos a que “les desplumen”.
Las revindicaciones de los emprendedores y empresarios franceces
Entre sus reivindicaciones, reclaman la modificación del proyecto de ley de finanzas para suprimir las medidas “que condenan a muerte la economía y el crecimiento de nuestro país”, según resume el manifiesto elaborado por el colectivo que está revolucionando las redes sociales. La página de Facebook ya cuenta con más de 23.000 seguidores, entre ellos, personalidades políticas. Los ‘Palomos’ prevén además trasladar sus exitosas protestas virtuales a la calle con una gran manifestación convocada el próximo domingo delante de la Asamblea nacional.
SUBIDA DE IVA
Distintas formas de aplicar la subida del IVA según fecha de la factura
A partir del próximo 1 de septiembre de 2012 los tipos general y reducido de IVA se elevan y pasan a ser del 18% al 21% y del 8% al 10%. Sin embargo, se pueden plantear algunas dudas respecto al tipo impositivo aplicable en cada operación, ya que, según la Ley de IVA el tipo aplicable es el vigente en el momento del devengo, es decir, el momento en que se realiza la operación.
Vamos a ver algunas situaciones que pueden producirse con el cambio del tipo impositivo:
Cuando la factura se expide con fecha distinta a la fecha en que se realiza la operación:
Por ejemplo, cuando la operación se ha realizado antes del 1 de septiembre, pero la factura se expide después de esa fecha.
En este caso, se aplicará el tipo vigente en la fecha de devengo (antes de la modificación del IVA) y se hará constar en la factura las dos fechas, la fecha de expedición y la fecha de devengo.
SUBVENCIONES
Tratamiento fiscal de la Subvención de promoción del empleo autónomo (II): Consulta vinculante
En su momento hablábamos del tratamineto fiscal de la Subvención por establecimiento como trabajador autónomo, con la habitual duda si el ingreso de la subvención se incluye en el primer ejercicio como subvención de explotación o si por el contrario se imputa a varios ejercicios como subvención de capital.
Esta subvención deberá imputarse en el período impositivo en que se devengue
Pues bien, para aquellos que quieran conocer la versión oficial de la Agencia tributaria al respecto he hecho el presente artículo, ya que dicha duda ha sido resuelta y aclarada a través de una consulta vinculante realizada por un emprendedor a la Dirección General de tributos del ministerio de Hacienda, expliquemos el caso y la respuesta.
El caso práctico y la consulta vinculante realizada
El emprendedor que realizó la consulta obtuvo obtenido, en 2008, de la Junta de Extremadura (la respuesta es totalmente válida a nivel nacional) una subvención por establecimiento de desempleados como trabajador autónomo o por cuenta propia. Entre los requisitos exigidos para la concesión de la subvención se exige realizar una inversión en inmovilizado material superior a 2.000 euros(este requisito varía según la comunidad autónoma), así como la obligación de realizar la actividad como autónomo durante al menos tres años. Dicha subvención fue concedida y percibida en 2008.
IRPF
Limitaciones en el régimen de módulos: reformas, fontaneros, carpinteros y transportistas bajo sospecha
Algunos de los 800.000 empresarios que aproximadamente tributan por módulos en España pueden verse obligados a abandonar esta modalidad de tributación según el anteproyecto de ley del plan de lucha contra el fraude fiscal aprobado por el Gobierno que recoge limitaciones en este régimen.
En concreto, se fija la exclusión del régimen de estimación objetiva para aquellos empresarios que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares. Dicha exclusión solo operará para empresarios cuyo volumen de rendimientos íntegros sea superior a 50.000 euros anuales. Las actividades susceptibles de exclusión son las afectadas por la retención del 1%. Entre ellas se encuentran la albañilería, la fontanería, la pintura, la carpintería y el transporte de mercancías por carretera, entre otras.
PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO
Hacienda a por la economía sumergida y el fraude fiscal en este 2012
La Agencia Tributaria acaba de presentar el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2012 cuyo objetivo, como siempre será el combatir el fraude fiscal, importante sin duda en esta situación actual de crisis económica y de déficit presupuestario. El plan de este año se centrará en los siguientes aspectos:
- Detectar y desarticular los circuitos de la economía sumergida, que tendrán como objeto central el control integral de la importación y venta de mercancías procedentes de terceros países, fundamentalmente, de Asia. Además, será objetivo esencial de las actuaciones de investigación el descubrimiento de los arrendamientos no declarados de viviendas y locales de negocio. Para esto:
- Se potenciarán las acciones presenciales en determinados polígonos industriales o zonas geográficas para sacar a la luz actividades económicas no censadas o con empleo de medios humanos o materiales no declarados. Estas actuaciones podrán desarrollarse de forma conjunta con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Se analizarán los datos de consumo de energía a fin de localizar inmuebles donde se puedan estar desarrollando actividades productivas no declaradas.
NO AFECTARÁ A 6,2 MILL
La subida del IRPF costará 388 euros a 13,1 millones de declarantes
Las medidas fiscales recientemente tomadas para 2012 y 2013 por el Gobierno de Mariano Rajoy, tienen incidencia directa en los ingresos del Estado de 5.357 millones de euros adicionales -según Hacienda- , pero más dolorosamente en los contribuyentes.
En un estudio José Félix Sanz, catedrático de Economía Aplicada de la UCM, y Desiderio Romero, profesor titular de la Universidad Rey Juan Carlos, han calculado que
Si bien, esta es la repercusión en el bolsillo del contribuyente español que pagará más en términos medios, esta subida se notará de manera diferente según la comunidad autónoma de la que estemos hablando ya que el incremento de impuestos será superior en aquellos territorios que cuentan con un mayor número de contribuyentes adinerados, que son los más afectados por el incremento.
IMPRESCINDIBLE
‘Calendario empresarial 2012′ ya disponible
Como en años anteriores ‘Emprendemania.com‘ pone a tu disposición el Calendario empresarial para 2012. Este calendario, herramienta básica para emprendedores y empresas está basado en los de la Agencia Tributaria y sirve como referencia para que no se nos pase ninguno de los día clave que debe tener en cuenta cualquiera de nosotros, para ello hemos configurado el trámite que hay que hacer en cada caso con el modelo que hay que presentar.
Además de las fechas claves de este calendario fiscal, iremos fijando a lo largo del año otro tipo de fechas clave para el emprendedor.
Está elaborado con Google Calendar para que puedas copiar eventos concretos directamente a tu calendario de Google o verlo entero utilizando en el botón que aparece en la esquina inferior derecha del mismo.
Calendario empresarial 2012
CONSEJOS
Impuesto de Sociedades: Cosas a tener en cuenta en el final de 2011
El otro día comentábamos acerca del IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio para tenerlos en cuenta en este final de 2011. Pues bien llega la hora de las Sociedades, y es que en estos últimas días del año hay que pensar un poquito si podemos remendar la situación fiscal de nuestra empresa o por lo menos se conscientes de lo que pasará con nuestra empresa y el Impuesto de Sociedades.
Las cosas a tener en cuenta en este cierre de 2011 son:
- Las micropymes pueden tributar este año al 20% por los primeros 300.000 euros de base imponible (en 2010 solo hasta 120.202,41 euros), a condición de que su plantilla media no haya disminuido respecto a la del los ejercicio iniciado en 2008. A ese mismo importe aplicarán las pymes el tipo del 25%, gravándose el exceso al tipo general del 30%
- Para aplicar el régimen de empresas de reducida dimensión se ha incrementado el límite de cifra de negocios del ejercicio anterior de 8 a10 millones de euros y, además, en caso de superarlo, se puede seguir aplicándolo durante otros 3 ejercicios si se viene tributando por él desde hace tiempo







