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AYUDAS
¿Sabías que los recortes afectan directamente al pago único para crear una empresa?
Si bien todo el mundo señala al emprendedor como una de las soluciones a la crisis ensalzando su figura constantemente en los medios de comunicación, pareciendo que tenemos un ecosistema emprendedor ideal, y llevando a mucha gente a cometer errores creando su empresa; pues la realidad después es bien distinta; ya que si el emprendedor es importante hay que demostrarlo con hechos que respalden dicha importancia.
Aquellas personas que tengan intención de solicitar el pago único diponen del 10% mensual menos desde el septimo mes
Y es que si analizamos un poco los ajustes, aparte de ser pedjudiciales directamente para muchos autónomos, seguro que no se han percatado de un detalle importante y es que también afecta indirectamente a la casi única ayuda que dispone el pequeño emprendedor para crear su empresa: el pago único de la prestación contributiva para invertir en su negocio.
Se amplia la ayuda de 426 € a los parados 6 meses más
Hasta ahora esta misma medida ha beneficiado a más de 300.000 personas que ya no tienen derecho y con la prorroga vamos a incorporar a otras 200.000, con esto se está cerca de una cobertura del 80 % de protección al desempleo, la más alta que ha tenido España en su historia.
Esta ayudad de 426 €, conocida oficialemente como Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción seguirá siendo de seis meses para cada beneficiario y sólo se puede disfrutar una vez.
Esto puede tener dos lecturas, la primera , que se trata simplemente de prorrogar una medida temporal, ya que fue este su origen, y lo único que se ha hecho es ampliar su plazo ya que aún la situación económica sigue igual a cuando se planteó; y la segunda lectura que se puede hacer es que se trata de una medida totalmente contradictoria con el documento de reforma laboral propuesto, ya que habla de eliminar los subsidios y cinco días después de presentar dicha reforma.
Mapa de fuentes de financiación para emprendedores
Se trata del ‘Atlas de fuentes de financiación’ elaborado por Invest in Spain, con el objetivo de atraer inversores extranjeros hacia España pero con contenidos igualmente válidos para cualquier personas que quiera abrir un negocio y financiarlo.
Se trata por tanto de una herramienta para localizar las diferentes fuentes de financiación que una empresa puede obtener en España, y una ayuda para saber donde debe dirigirse para solicitar la financiación más adecuada a las necesidades de su proyecto de inversión
Pago Único: Las existencias
Pero esto tiene sus limitaciones, ya que sólo se permite financiar una primera compra de mercancía necesaria para los 3 primeros meses actividad, ¿y como sabe el INEM qué se necesita para los 3 primeros meses?
Pues lo sabe según como se rellene la solicitud de pago único. A continuación veremos como se cumplimenta correctamente la memoria de viabilidad para financiar estas existencias:
Para esto hay tres casillas en las que nos fijaremos, la de ‘Existencias’ en el ‘Activo circulante’ y las de ‘compras de materias primas’ y ‘existencias iniciales’ de los ‘Gastos’ en la ‘Cuenta de pérdidas y ganancias’. En la parte de inversión en la casilla ‘existencias’ pondremos la cantidad que necesitemos de existencias para los tres primeros meses de actividad (debemos acompañarlo con los presupuestos correspondientes); en el ejemplo hemos puesto 3.000 €.
Y en la parte de ‘Pérdidas y ganancias’, en ‘existencias iniciales’ aparecerán estos mismos 3.000 € o una cantidad superior, ya que es lo que tendremos de existencias en un principio. Y en la casilla clave, ‘Compras de materias primas’, aparecerán todas las compras que se vayan a hacer durante el año, por tanto se debe poner 3.000 € (la inversión de los 3 primeros meses que habíamos puesto en la casilla ‘existencias’) por cuatro trimestres, esto es 12.000 €.
Debemos tener en cuenta que para la justificación posterior de esto, es necesario presentar la factura de que hemos comprado esa mercancía en el mes siguiente de que nos hayan ingresado el pago único, con lo que tendremos que pagar de una sola vez y en ese plazo la compra de mercancías para 3 meses. Esto para ciertos negocios, como por ejemplo una frutería, con uso de materias primas perecederas, es parcialmente inviable.
Hay que tener en cuenta que el límite son tres meses pero si por la actividad se justifica ‘gastarse’ todo lo correspondiente al pago único en mercancías también está permitido, y es que esto es una duda que surge comúnmente, pues sí, puede aprobarse un pago único sólo con inversión en circulante y nada en inmovilizado.
¿Cómo funcionan los préstamos de ENISA?
Sociedades laborales que acometan nuevos proyectos empresariales o amplíen los ya existentes, mediante la incorporación de desempleados que capitalicen la prestación por desempleo en su modalidad de pago único para incorporarse como socios trabajadores de la empresa. La no presentación de garantías lo convierten en una eficaz alternativa a otras fuentes de capital riesgo. La calidad y viabilidad del proyecto empresarial harán el resto. Las partes contratantes podrán acordar una cláusula penalizadora para el caso de amortizacón anticipada, pero sólo podrá hacerse si la misma se compensa con una amplicación de igual cuantía de sus fondos propios y siempre que éste no provenga de la actualización de activos. Los préstamos participativos tendrán la consideración de fondos propios a los efectos de la legislación mercantil. Foto|bruckerrlb
¿Quién puede acceder?
Ventajas de estos préstamos
¿Qué límites tiene?
Continúa el ‘cerrojazo’ a los préstamos
El pico del descontento se tocó en abril, cuando este porcentaje llegó al 89%. De los que declaraban tener problemas, el 13% -es decir, 128.000 establecimientos- se quedó sin ningún tipo de financiación. Pero las empresas no se quejan sólo de que el flujo de dinero haya caído. Cuatro de cada diez notan cómo se ha ido dilatando el plazo que tenían las entidades financieras para responder a sus peticiones y dos de cada tres considera que se ha encarecido el coste de la financiación. El mismo porcentaje afirma que han aumentado las exigencias de garantías y avales por parte de bancos y cajas.
"Una economía como la española no puede basarse en subsidios"
Desde fuera lo primero que se percibe es la tasa de desempleo. Con un paro que dobla prácticamente la tasa de EEUU, ustedes tienen un serio problema. España tiene que entender que lo que crea puestos de trabajo es la iniciativa de los individuos. Un país no puede sostenerse sólo con subsidios, pues tienen un efecto mutiplicador. El Gobierno español tiene que asegurarse de adoptar políticas que creen un entorno favorable para la contratación.
El director de The Wall Street Journal (WSJ) Robert Thomson, el periódico más vendido de Estados Unidos, es uno de los hombres más poderosos en el mundo de los medios de comunicación. Respondía para el suplemento económico de El Mundo ayer domingo sobre muchas cuestiones. Una de ellas, como no podía ser de otra manera, era qué le faltaba a España para ser más competitiva: “Mirando el éxito de algunas empresas españolas en el extranjero se percibe energía e ingenio. Es el caso de Inditex, o de bancos como Santander o BBVA, de Telefónica… Hay muchas empresas, incluso las que son menos conocidas, así que no se trata sólo de energía e ingenio local. Hay que preguntarse si el entorno es el más propicio para que más y más gente tenga ambición. Si alguien crece en una cultura de dependencia, esperando que sea el Gobierno el que actúe o le rescate, la emancipación intelectual no se produce. El Gobierno tiene que crear el entorno para que los emprendedores y los empresarios actúen, pues generalmente éstos son los motores de la economía. Hay que animarlos filosóficamente y a través de políticas; y eso, a menudo, no consiste en dar ayudas, sino incentivos para empezar un negocio; o eliminar obstáculos al esfuerzo creativo. Pero si un gobierno no se siente cómodo filosóficamente con la creatividad del capitalismo no implementa las políticas necesarias…“
¿Qué es la calificación I+E de tu empresa?
Esto es una calificación que consiguen aquellas empresas que para su funcionamiento vayan a contratar al menos una persona y que cuya actividad se considere como innovadora, tanto para el promotor del proyecto, no habiendo antes desarrollado la actividad como autómomo, como para el entorno donde se desarrolle, entendiendo por innovador, en este caso, que por ejemplo cubra una necesidad no satisfecha o un hueco de mercado.
En este sentido, también se establece en las bases ciertas actividades consideradas emergentes, tales como: Protección y mantenimiento de zonas naturales, gestión de residuos, tratamiento de aguas y saneamiento de zonas contaminadas, implantación de energías alternativas, promoción del turismo rural y cultural, vigilancia y seguridad, transportes colectivos locales, desarrollo cultural local, nuevas tecnologías de la información y la comunicación, cuidado de niños y personas incapacitadas y mayores, servicios a domicilio y asistencia a jóvenes en dificultad. Estas actividades, de las futuras subvencioens obtendrán un 10% de sus cuantías
Esta calificación de I+E las conceden las comunidades autónomas a través de sus servicios de empleo, exisitiendo un registro nacional de empresas calificadas como I+E, pero para poder acceder los proyectos deben ser apoyados por ayuntamiento del municipio deonde se vaya a abrir el negocio, teniendo que acudir a la agencia de desarrollo local para rellenar la documentación y estudiar la viabilidad.
Y ahora lo importante: el dinero; los empresarios que hayan obtenido esta calificación, una vez hayan puesto en marcha su empresa, en el año siguiente, pueden acceder a las siguientes subvenciones: subvención financiera para la reducción de intereses de préstamos para inversiones destinadas a la creación y puesta en marcha de la empresa, subvención de apoyo a la función gerencial, subvención para la contratación de expertos técnicos de alta cualificación, subvención por contratación indefinida, con hasta 4.808,10 € por puesto de trabajo creado, subvención para cooperativas y sociedades laborales por integración de socios trabajadores y socios de trabajo; además de esto cada comunidad autónomo podrá establecer las suyas propias.
Por tanto la calificación de I+E puede ser una herramienta muy útil, dependiendo del ayuntamiento “que te toque en suerte”, teniendo en cuenta que se trata de cuantiosas subvenciones, para distintos tipos de gasto y que no distingue por forma de constitución, pudiendo acceder también los autónomos; lo importante: gestionarla siempre antes del alta de la empresa.
Ver normativa > Orden de 27 de diciembre de 1999 (BOE Nº 313, de 31.12.1999); Orden de 15 de julio de 1999 (BOE Nº 182, de 31.07.1999) y Corrección de errores de la Orden de 15 de julio de 1999 (BOE Nº 239, de 6.10.1999)
Toda la normativa del pago único para crear tu empresa
El pago único se regula en el artículo 228.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, el Real Decreto 1044/1985, de 19 de junio, por el que se regula el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único por el valor actual de su importe, como medida de fomento de empleo, la Disposición transitoria cuarta de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, modificada posteriormente por la disposición final tercera de la Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica, por el Real Decreto 1413/2005, de 25 de noviembre y por el Real Decreto 1975/2008, de 28 de noviembre.
La última modificación del 80%, se ha regulado en el Real Decreto 1300/2009, de 31 de julio, de medidas urgentes de empleo y de mejora de acceso y de abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, destinadas a los trabajadores autónomos y a las cooperativas y sociedades laborales.
¿En qué consiste la ayuda de 420 euros?
Parados que hayan agotado la protección y no dispongan de ingresos percibirán 420 euros mensuales (2.520 euros en total), durante un periodo de seis meses A falta de la concreción que mañana realizará el Gobierno, ya sabemos que el perceptor de esta renta asumirá el compromiso con el Servicio Público de Empleo (antiguo INEM) de su comunidad autónoma de participar en un itinerario de formación y empleo. Se deben haber agotado prestaciones y subsidios así como no tener rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Según la disposición general del Real Decreto-Ley haber extinguido por agotamiento la prestación por desempleo de nivel contributivo dentro del período de duración del programa, esto es, a partir del 1 agosto. Los que estén en esta situación anteriormente, no podrán acogerse a la ayuda. A partir del 14 de agosto aunque sus efectos son reatroactivos a principio de mes. Real Decreto-ley 10/2009, de 13 de agosto, por el que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción. PDF (BOE-A-2009-13496 – 7 págs.- 221 KB) Aunque cada perceptor sólo podrá recibir la ayuda durante un máximo de medio año, el Gobierno mantendrá en vigor este programa de ayudas durante más tiempo. De hecho, su permanencia estará condicionada a la evolución del paro y de las condiciones económicas El Servicio Público de Empleo Estatal no cotizará a la Seguridad Social por los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria durante la percepción de la misma, si bien dichos beneficiarios tendrán derecho a la prestación de asistencia sanitaria y, en su caso, a las prestaciones familiares, en las mismas condiciones que los trabajadores incluidos en alguno de los regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social. Foto|(Lolita)_•_8
¿Quién puede recibirla?
¿Qué requisitos tiene?
¿Cuándo entra en vigor?
Vigencia del subsidio
Cotización en la Seguridad Social
Tratamiento fiscal de la Subvención de promoción del empleo autónomo
Hablamos de esto, porque es una subvención que se presta a confusión, ya que para ser beneficiario tenemos que realizar una inversión en inmovilizado de al menos 5.000 €. A bote pronto, como habla de inversión en inmovilizado se nos puede ocurrir que se trata de una subvención de capital, distribuyendo ese ingreso en los IRPFs durante los años en los que amorticemos el bien comprado; pero esto no es correcto.
Nos olvidamos de que la compra de inmovilizado de esta subvención es sólo un requisito para ser beneficiario de la misma (casualidad), y no el objeto de la subvención, el cual es la ayuda en la financiación de la puesta en marcha del negocio, por lo que estaríamos hablando de una subvención de gastos corrientes, por lo que el importe de la subvención formará parte de los ingresos explotación del ejercicio en que se conceda.
No hay que olvidar que este incremento de la base imponible, en cualquier caso, va a tributar en una escala que va del 24% a 43% en el IRPF, esto también del resto de cosas que tengamos en la Base Imponible.
Lo recomendable es, si nos surgen este tipo de dudas fiscales y de tributación de las subvenciones, llamar a la Agencia Tributaria y consultarlas.
El tratamiento fiscal de las subvenciones
Para ver como afecta el logro de estas ayudas a la fiscalidad de la empresa es importante explicar que hay dos tipos de subvención: Subvenciones de explotación o corrientes y subvenciones de capital.
Las subvenciones a la explotación o corrientes , son aquellas destinadas a compensar gastos del ejercicio o la pérdida de ingresos en la actividad económica desarrollada.
Dichas subvenciones corrientes constituyen un ingreso computable a efectos del IRPF y del IS, en la medida que también lo son a efectos contables, y se ha de integrar, en su totalidad, con los restantes ingresos que se obtengan en el ejercicio en que ésta se concede, esto siempre que no haya alguna norma específica la excluya de tributación. Varios pueden ser los tipos de ayudas que se concedan con la anterior finalidad, entre ellas las denominadas rentas de subsistencia, así como las subvenciones financieras o las de apoyo a la creación de empleo.
En todos los casos las ayudas concedidas no deben vincularse a inversiones, pues en tal caso su tratamiento sería el de subvenciones de capital.
Las subvenciones de capital son aquellas que se conceden para el establecimiento de la empresa, para financiar el inmovilizado de la misma, deberá tratarse como ingreso de la actividad económica desarrollada, integrándose con el resto de ingresos de la misma, para determinar los rendimientos íntegros.
Ahora bien, las subvenciones de capital no se imputarán totalmente en el ejercicio en que se hayan obtenido, sino que se imputarán como ingresos en la misma medida en que se amorticen los elementos en que se hayan materializado las subvenciones. No obstante en aquellos supuestos en que los bienes no sean susceptibles de amortización, la subvención se aplicará en su totalidad como ingreso íntegro del ejercicio en que se produzca la venta o baja en inventario del activo financiado con esta subvención pudiéndose aplicar en estos casos la reducción del 40% aplicable a los rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular.
Por tanto, a la vista de los dos tipos, está claro que el impacto fiscal para las cuentas del emprendedor es menor en una subvención de capital, en el que se reparte el ingreso en varios ejercicios, que en una subvención de explotación, donde se imputa toda la ayuda en el mismo año.
A esto habría que añadir que, ya sean unas u otras, lo que hacen al recibirlas es incrementar la base imponible del impuesto correspondiente, ya sea por IRPF o Impuesto sobre Sociedades, con lo que solicitar una ayuda afectará sin duda a lo que tengamos que pagar finalmente a Hacienda en el ejercicio que nos la concedan, y en el caso que sea una subvención de capital, en los posteriores.
5ª Edición de los Premios de la revista Emprendedores
La revista emprendedores acaba de convocar la 5ª Edición de los Premios Emprendedores, dividido en dos categorías el Premio Iniciativa al mejor proyecto para crear una empresa y el Premio Emprendedores con Ingenio a la mejor empresa de reciente creación.En la segunda categoría Emprendedores con Ingenio, se premia a la mejor empresa de reciente creación; dicho premio consiste en 1 página de publicidad en Emprendedores y un banner durante 1 mes en la web de la propia revista, además de recibir una serie de premios en especie ofrecidos por entidades colaboradoras del evento. El año pasado resultó premiada Martan, una autoescuela especializada en el sector de la construcción.
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