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SOCIEDADES
Crear tu empresa con un euro: Cómo funciona en Holanda
El otro día comentábamos que el Gobierno está estudiando la posibilidad de crear Sociedad con sólo un euro de capital social, pues hoy echaremos un vistazo a un país donde está instaurada esta misma medida, Holanda, aunque hay que destacar que no sabemos si nos va a funcionar igual, ya que hay ciertos problemas de base que lo mismo la hacen fracasar: la ética empresarial, la educación, la corrupción, el arraigo al dinero negro, el fraude generalizado, pero bueno veamos como funciona.
Hay ciertos aspectos destacables que sea bueno que nos fijemos en Holanda, donde está implantada esta medida donde el capital social mínimo para constituir una sociedad de responsabilidad limitada en Holanda es un euro, las claves son:
- El carácter abierto de los holandeses y una cultura proclive a investigar nuevas tendencias son algunos de los alicientes para emprender y tener éxito lo que hace que todo aquello que alimente el ecosistema emprendedor funcione.
- Holanda es uno de los países más pequeños. Con una superficie de casi 42.000 metros cuadrados, acoge a una población de 16 millones de habitantes. – El idioma oficial es el neerlandés, de origen germánico. Aunque casi todos los holandeses hablan inglés, conviene que presentes tu empresa online en la lengua original. Te agradecerán esa cercanía.
DEMOSTRADO
En España es más fácil blanquear dinero negro que un emprendedor abra una empresa
Hoy les traemos un vídeo que muestra la realizada española, los emprendedores aparecen en el centro de todo pero no hay voluntad de hacer cambios radicales y reales que supongan mejoras efectivas para ellos ¿por qué no se facilitan verdaderamente las cosas?, se lleva años así, en cambio cuando se quiere verdaderamente reducir la burocracia en algo, si se quiere se puede, en este caso el blanqueo de dinero a través de la anminstia fiscal. Merece la pena verlo entero.
TRABAS
En España es más difícil montar un negocio que en Zambia, Sri Lanka o Mongolia
España todavía tiene mucho que mejorar en lo que se refiere a estímulos y facilidades para emprendedores. El Banco Mundial ha editado su informe anual ‘Doing Business’ , un estudio sobre las regulaciones para hacer negocios y su aplicación en 185 economías. El resultado, es como en ediciones anteriores, poco esperanzador en lo que se refiere a España. Nos encontramos en la posición 44 en el ranking de los Estados que ofrecen mayores facilidades para hacer negocios, dos puestos más atrás que la edición precedente, y por detrás de Perú (43), Bahrein (42) y Puerto Rico (41) y por delante de Colombia (45) y Eslovaquia (46).
Suspenso en creación de empresas
Pero es el capítulo que se refiere al ranking sobre creación de una empresa, ‘starting business’ donde peor nos encontramos. España se encuentra a la cola, en la posición 136, por detrás de Mongolia (62), Sri Lanka (33), Albania (62) o Zambia (74).
Según el informe del Banco Mundial el proceso de creación de una empresa en España requiere 10 pasos y un plazo de 28 días. Sin embargo, España no está sola en lo que se refiere a malas notas en esta asignatura, la de creación de empresas. Alemania (106), Austria (134) y Grecia (146) la acompañan. Otros, socios europeos son mejores alumnos. Es el caso del Reino Unido (19), Francia (27) y Portugal (31).
TRAMITES
Cuanto tiempo y dinero hace falta para crear una empresa
Uno de los grandes temores a la hora de crear una empresa son los trámites a realizar y el dinero que hay que invertir en el proceso. Los plazos y el papeleo pueden ser diferentes entre distintos tipos de compañías, sectores de actividad y ubicación geográfica.
Los trámites de crear una sociedad han pasado de 385,34 euros en 2007 a los 115,68 euros actuales.
El Estado ha llevado a cabo medidas con el fin de reducir tanto los trámites como el gasto para constituirla. La Agencia de Evaluación y Calidad (AEVAL), destaca que se han elaborado 283 medidas desde 2008 en este sentido. De ellas, un 72,6% han sido destinadas a reducir cargas administrativas.
Ahora, para darse de alta como empresario autónomo hay que dar dos pasos. La inscripción en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) y la declaración censal. Se pueden realizar en un día y a coste cero.
PATENTES Y MARCAS
Lo que debe saber el emprendedor del registro de su marca
El emprendedor debe tener en cuenta el registro de marca o la patente de su producto para evitar copias, litigios y el uso indebido de su obra. Aun así, sólo el 40,7% de las pymes españolas afirma haber utilizado la propiedad industrial para registrar marcas, invenciones o diseños, según el Informe ePyme 2011 de Fundetec.
Éstas son algunas claves que hay que tener en cuenta para proteger su obra:
¿Por qué se debe registrar la marca y patentar los productos?
Es una de las herramientas que posee el creador para defender la autoría de su obra. María Dolores Garayalde, socia del área de propiedad intelectual de Baker & McKenzie, explica que “este registro confiere al titular el derecho exclusivo de su uso y prohibe a terceros que la utilicen sin el consentimiento”.
SEDE ELECTRÓNICA AEAT
Los certificados del IRPF ya se pueden obtener online y al instante sin certificado digital
La petición de certificados sobre la declaración de la renta, o de haber presentado IRPF, que cuando te lo exigen podías tardar días en conseguirlo, ahora es más sencillo gracias a la nuevo tramite online puesto en marcha por la Agencia Triburaria, que permite no solo sacarlo con certificado digital, sino también sin él, mediante el envio de un sms al móvil, pudiendo obtenerlo de manera instantánea.
Esta nueva funcionalidad de la AEAT para obtener un certificado de IRPF, como decíamos, permite solicitar y obtener por Internet dicho certificado, no siendo neceisario disponer del certificado electrónico. La ruta de acceso para la solicitud los certificados tributarios del IRPF es a través del presente enlace de la Agencia tributaria:
Para descar descargar el certificado de renta debes seguir los siguientes pasos:
- Elegir la opción de Solicitud y recogida inmediata, donde no se te pedirá el certificado digital
- Se rellena el NIF del solicitante
- Se rellena una casilla donde se pondrá el importe que de la casilla 620 de la declaración de la renta del ejercicio fiscal en que se está solicitando el certificado. Si dicho importe fue cero o no presentó declaración, se le pedirá un código de cuenta bancaria en la que figure como titular
- Se valida la solicitud.
- Se introduce un número de teléfono móvil.
- La AEAT le envíará a este móvil un SMS con el número (el Código Seguro de Verificación- CSV) del Certificado de IRPF.
- Confirmada la solicitud, se le presenta una pantalla con los datos de la misma y un recuadro para consignar el CSV que acaba de recibir en el móvil. Tecleado el CSV, marcando el recuadro “Consultar Certificación” ya se puede descargar e imprimir el certificado de IRPF.
CREACIÓN DE EMPRESAS
Pasos para crear tu empresa: Infografía útil
La creación una empresa es un camino que antes o después recorrerás, en muchos artículos hablamos sobre este tema, pero hoy les presentamos un útil infografía donde se puede ver todo lo necesario realizar crear nuestro negocio:
NO-IDEA DE NEGOCIO
¿Se puede crear una farmacia para vender medicamentos online?
La respuesta es NO, no se pueden vender medicamentos por Internet.
Y es que la regulación actual en España prohíbe la venta de medicamentos de prescripción médica a través de Internet, ya que así está prohibido por la Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
Dicha ley, recoge la siguiente información: “Se prohíbe la venta por correspondencia y por procedimientos telematicos de medicamentos y productos sanitarios sujetos a prescripción medica. La normativa de desarrollo regulara dichas modalidades de venta con respecto a los medicamentos no sujetos a prescripción medica garantizando, en todo caso, que se dispensen por oficina de farmacia autorizada, con la intervención de un farmacéutico, previo asesoramiento personalizado conforme previenen los artículos 19.4 y 84.1 de esta Ley, y con cumplimiento de la normativa aplicable a los medicamentos objeto de venta.”
ECHANDO LA VISTA ATRÁS
La recomendación 344 de 1997 de la Comisión Europea sobre la creación de empresas
Hoy nos gustaría echar la vista atrás, partiendo desde el punto de vista de la situación actual con las micropymes y pymes ahogadas, muchas cerrando y estás, junto con las que se están abriéndose en una queja contínua, y con razón, sobre la burocracia y la simplificación administrativa.
Pues bien, nos gustaría que analizáramos un texto de hace casi 15 años, concretamente la recomendación 344 de la Comisión europea sobre la mejora y simplificación de las condiciones para la creación de empresas, de la que podemos extractar muchas frases, ya entonces muy significativas, y que siguen de actualidad como las siguientes:
Hace falta un cambio de mentalidad dentro de las administraciones públicas para conseguir un comportamiento más orientado al cliente entre administraciones y empresas, y las administraciones públicas deberán preocuparse más por ayudar a la empresa que por controlarla [...]
[...] Si nadie discute la necesidad de una reglamentación adecuada, el efecto acumulado de esa reglamentación, su complejidad y los costes de adaptación ocasionan problemas y pueden tener consecuencias desproporcionadas sobre las empresas en relación con el objetivo de la reglamentación [...]
[...] la carga – administrativa - es desproporcionada para las pequeñas empresas, que, en comparación con las grandes, no disponen de los recursos humanos y financieros necesarios.
Un marco para una política de simplificación implica, por tanto, una coordinación dentro de los servicios públicos, no sólo entre las administraciones centrales, sino también entre éstas y las autoridades locales [...]
Los funcionarios deberían sensibilizarse mediante campañas de información y los que se ocupan de asuntos relacionados con las PYME deberían recibir una formación apropiada [...]
[...]Debería animarse a las administraciones públicas a compartir la información, utilizar más las bases de datos y las tecnologías de la información disponibles y, en su caso, adaptar sus normativas sobre protección de datos. Se sobreentiende que esa información compartida se refiere a los datos no confidenciales [...]
Sobre el IVA:
[...] algunos Estados miembros permiten a las pequeñas empresas pagar el IVA tras haber recibido el pago del cliente en lugar de en el momento de elaboración de la factura («cash accounting»)
Y por último un poco de empatía:
Cuando proponga una nueva reglamentación, el legislador deberá tener un completo conocimiento de las consecuencias que dicha reglamentación tendrá sobre las empresas en términos de costes de adaptación y formalidades. Cuando sea necesario, deberán realizarse evaluaciones de las consecuencias sobre las empresas y análisis de los costes-beneficios en estrecha colaboración con la comunidad empresarial. Al hacerlo, el legislador deberá prestar una atención especial a las exigencias de conformidad para las PYME. Cuando las PYME pueden cumplir la normativa con un coste razonable, las grandes empresas también pueden hacerlo, mientras que, a la inversa, no ocurre necesariamente lo mismo. El principio de «pensar primero en los pequeños» («think small first») debería servir como test de tolerancia
Entendemos que ya han pasado 15 años, y que casi todos los paises de la Unión Europea casi estaban en el mismo punto de partida, pero seguro que a lo largo de este tiempo unos habrán hecho mejor su trabajo que otros, comprobándose esto en la situación actual de cada uno de ellos.
LOS PRECIOS DE LOS NOTARIOS
Se reducen un poco más los costes en la creación de una SL
Cuando vas a crear una empresa cada vez está más asumido acudir a un PAIT y hacerlo de manera telemática, pues bien, estos con el Real Decreto 1612/2011, de 14 de noviembre, por el que se modifican los Reales Decretos 1426/1989, de 17 de noviembre, por los que se aprueban los aranceles de los notarios y los registradores, así como el Decreto 757/1973, de 29 de marzo, por el que se aprueba el arancel de los registradores mercantiles, pues bien se aclara el panorama en cuanto a las tarifas que pueden fijar los notarios que colaboren con los PAIT en la creación de Sociedades Limitadas telemáticamente a través del DUE – cada vez son más-.
Dicho Real Decreto delimita los conceptos que se incluyen en los aranceles notariales y registrales legislados por el Real Decreto Ley 13/2010, de 3 de Diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, quedando la redacción de la siguiente forma:
¿QUÉ HAY DE MALO EN COPIARLO?
Hacer un país emprendedor: El modelo francés
Se habla contínuamente de la importancia de la creación de empresas, del empleo que genera, de que la inciativa privada es la que debe tirar de la economía del país, del cambio que procede hacer al modelo productivo, que se necesitan modificaciones estructurales, de reducir la burocracia, etc. Pues mientras nosotros hablamos, en Francia por lo menos intentan crear el marco legal idóneo para que los emprendedores creen empresas.
Desde 2009 el Gobierno francés no para de lanzar iniciativas para promover el emprendimiento, de todo tipo y con verdadero alcance sobre la sociedad. Los paquetes de medidas adoptadas sobre la emprendeduría en Francia giran alrededor varios aspectos:
Se aprueba el Modelo 170 para los cobros realizados con tarjetas
Dicho modelo de declaración informativa se compone de los siguientes documentos:
a) Hoja-resumen, que comprende dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.
b) Sobre anual.
La presentación telemática de las declaraciones correspondientes al modelo 170 estará sujeta a las siguientes condiciones:
a) El declarante deberá disponer de Número de Identificación Fiscal (NIF).
b) El declarante deberá tener instalado en el navegador un certificado electrónico X.509.V3 expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, o cualquier otro certificado electrónico admitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Los datos que se incluirán serán los siguientes, para todos los comercios que cobren con tarjeta con una cifra superior a 3.000 euros anuales:
- NIF y razón social del empresario adherido al sistema de cobros con tarjeta.
- Número de comercio con el que se da de alta el sistema de cobros. Este número corresponde con el número de TPV que dan de alta los proveedores de servicios de cobro con tarjeta, ya sea un TPV virtual o un TPV físico.
- Número de cuenta asociado al TPV
- Importe anual facturado por el TPV
Trámites para crear una empresa I: Empresario individual, Comunidad de bienes, Sociedad civil
Complementando lo que contamos en ‘Ser Empresario individual‘ vamos a recordar en este post los trámites para la puesta en marcha de una empresa como Empresario individual, Comunidad de bienes y Sociedad civil. Es la forma más sencilla de tener una empresa y se conoce habitualmente como ser autónomo. No necesitas proceso previo de constitución. A los efectos de este Régimen Especial, se entenderá como trabajador autónomo o empresario individual, aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar.

Pues a lo mejor, ya que el Gobierno está estudiando incluir esta posibilidad en el anteproyecto de ley de apoyo al emprendedor que se pretende tener listo para final de este mes, en la linea de trabajo de reducir las trabas a la hora de crear una empresa.







