Cómo saber el estado de la devolución de mi Declaración de la Renta

Hacer la declaración de la renta no suele ser plato de buen gusto para ningún contribuyente. Independientemente del resultado del IRPF, lo cierto es que la mayoría intenta agilizar al máximo los trámites con Hacienda para poder olvidarse de ellos cuanto antes. Los problemas llegan cuando no hay noticias de la AEAT, especialmente en el caso de las devoluciones. Para estos casos, nada mejor que consultar el estado de la declaración de la renta.

Normalmente los contribuyentes tienden a presentar la declaración de la renta y olvidarse de ella, especialmente cuando lo que toca es pagar. Sin embargo, cuando el resultado es a devolver la cosa cambia y quien más, quien menos quiere el dinero en su cuenta cuanto antes. ¿Qué hacer en esos casos? Lo primero será consultar el estado de la declaración de la renta.

La consulta del estado de la declaración de la renta puede hacerse a través de la propia página de la Agencia Tributaria o de su Sede Electrónica. En caso de encontrarnos en periodo de presentar el IRPF bastará con acudir al icono central del ejercicio correspondiente para encontrar el enlace. Sin embargo, vamos a ver como consultar el estado del IRPF a través de la Sede Electrónica.

Para empezar, habrá que dirigirse a la zona de “Mis Expedientes”, como se muestra en la siguiente captura de pantalla.

consultar_declaracion

Una vez accedamos a esa pestaña tendremos que seleccionar el apartado “Impuestos” y dentro del mismo el impuesto que deseamos consultar, que en este caso será el IRPF. Después habrá que indicar el trámite que queremos llevar a cabo. De esta forma ya podremos consultar el estado de la declaración de la renta.

La consulta del estado de IRPF nos permitirá saber en qué fase de tramitación se encuentra la declaración de la renta y, sobre todo, si hay algún tipo de problema o requerimiento adicional por parte de Hacienda. Y es que este aparecerá ahí antes incluso de que recibamos la notificación por escrito en nuestra vivienda.

Lo que no debemos perder de vista en el caso de la devolución de la renta es que Hacienda no tiene por qué ingresar el dinero inmediatamente después de haber entregado nuestro IRPF. De hecho, la AEAT deberá primero revisar la declaración y en cualquier caso el plazo legal para hacer efectiva la devolución se extiende hasta el 31 de diciembre. Es decir, Hacienda podrá demorar seis meses el pago del IRPF.

Fuente > Impuestosrenta.com

Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

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