15 fallos en el borrador del IRPF

Ya tenemos la posibildad de confirmar el borrador de nuestra declaración de la Renta pero cuidaddo es fácil que este tenga algún error u omisión que puede traducirse en que paguemos más o nos devuelvan menos de lo que nos corresponde. Este tipo de incorrecciones en campañas anteriores, como por ejemplo en el caso de los errores referentes a la deducción por vivienda, supusieron un ingreso extra de más de 600 millones de euros.

Este año el borrador puede haberte incluido alguno de los 15 fallos:

  1. Cuotas sindicales y colegios profesionales: Las retenciones que se han practicado al pago de cuotas sindicales o de colegios profesionales se pueden desgravar. También, los gastos legales por defensa del trabajador.
  2. Errores en las Referencias catastrales de garajes e inmuebles: los garajes vinculados a la vivienda habitual, que han sido adquiridos simultáneamente, no tributan. Sin embargo, en muchas ocasiones aparecen como otro bien sujeto a saldar cuentas con el fisco, cuando no es así.
  3. Fallecimiento de uno de los cónyuges: sus herederos pueden solicitar el borrador correspondiente al fallecido y recogerlo personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria, siempre que acrediten ser herederos. La posibles devoluciones de estas declaraciones corresponden a los herederos.
  4. Matrimonios o separaciones producidos durante 2010: Estos datos no suelen estar actualizados, con el impacto que puede tener tanto por el lado de la desgravación de las pensiones, como de las declaraciones individuales o conjuntas.
  5. Importe de las pensiones compensatorias a ex cónyuge y anualidades por alimentos a los hijos comunes: desgrava
  6. Deducción por nacimientos y adopciones en 2010: La desaparición del cheque bebé ha traido consigo el fin de la deducción por nacimiento o adopción en el IRPF, que consiste en la posibilidad de reducir la cuota diferencial del impuesto en 2.500 euros anuales por cada hijo nacido o adoptado. No obstante, como el fin de estas ayudas se ha empezado a aplicar a partir del 1 de enero de 2011, todos los nacimientos o adopciones registrados hasta el 31 de diciembre de 2010 sí deben incluirse en la declaración de este año, ya que corresponde al pasado ejercicio.
  7. Desajustes en el importe global de la deducción por maternidad: Aquí debe tenerse en cuenta que, en el caso de madres trabajadoras con hijos menores de 3 años, puede deducirse hasta 1.200 euros anuales por cada niño. Aquí suele haber desajustes, sobre todo si se cobra del INEM, porque en los borradores no se discierne el tiempo de desempleo, aunque se tenga derecho a deducción. Además, por cada hijo menor de 25 años o con discapacidad, los padres pueden aplicar una reducción de 1.836 euros anuales por el primer hijo; 2.040 euros anuales por el segundo; 3.672 euros anuales por el tercero y 4.182 euros anuales por el cuarto y siguientes. Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo se aumenta en 2.244 euros anuales.
  8. Viviendas adquiridas: Aunque la desgravación por vivienda haya desaparecido este año, la renta que ahora se presenta corresponde al pasado ejercicio, por tanto, todas las primeras residencias adquiridas el pasado ejercicio tienen derecho a la desgravación por vivienda habitual.
  9. El importe de seguros de incendios de vivienda y de vida exigidos al formalizar hipoteca de la vivienda habitual: Las cantidades desembolsadas por estos seguros pueden incluirse en la desgravación por vivienda.
  10. Compensación de porcentajes incrementados de deducción por vivienda: Se tiene derecho a una Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual por la diferencia de normativa vigente hasta 2.006 (los primeros 4.500 euros de cuotas hipotecarias pagadas a los tipos incrementados del 20%, o 25% en los dos años siguientes a la compra, y el resto de cuotas hipotecarias pagadas al 15%) frente a la nueva deducción anunciada esa fecha (únicamente el 15%).
  11. Deducción del pago hipoteca de vivienda habitual del ex cónyuge e hijos: En el caso de los matrimonios separados, el cónyuge que abandona la vivienda, aunque ya no viva en ella, puede deducirse la parte proporcional de la hipoteca que sufraga.
  12. Porcentaje de titularidad en las cuentas vivienda: En el caso de cuentas vivienda con varios titulares, como puede ser una pareja, debe revisarse que aparecen los dos interesados, porque en muchas ocasiones hay errores.
  13. Donaciones deducibles: no suelen aparecer en el borrador si no existen certificados.
  14. Revisión de las deducciones autonómicas: los borradores se envían antes de tener completa la base de datos con las novedades de cada Comunidad Autónoma, por tanto, los posibles beneficios que pueden aparecer en el paquete de novedades no se incluye.
  15. Haber declarado en ejercicios anteriores rentas de trabajo no sujetas a retención: al no corregirse, siguen apareciendo en el borrador.

Fuente > Lainformación.com

Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

1 Reply to “15 fallos en el borrador del IRPF”

  1. ruben dice:

    que significa haber declarado en ejercicios anteriores rentas de trabajo no sujetas a retencion . significa que declare de mas la anterior declaracion

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