Desde el 4 de abril se podrá solicitar el borrador de la renta

Los contribuyentes podrán solicitar desde el 4 de abril el borrador de la declaración de la renta de 2010 o los datos fiscales, según una Orden del Ministerio de Economía y Hacienda que fija hasta el 27 de junio el plazo límite. Una vez recibido, los contribuyentes deben revisar el borrador y, si quieren, pueden modificarlo o completarlo. Hecho esto, podrán confirmarlo, a partir del mismo 4 de abril si lo hacen por vía telemática o telefónica -algo que es novedad-, pero a partir del 3 de mayo si la confirmación se realiza de forma presencial o por otras vías. En ambos casos, el plazo concluye el 30 de junio (hasta el 27 de junio si se domicilia el pago)

Los contribuyentes que deseen disponer del borrador o de los datos fiscales desde el 4 de abril de 2011 sin esperar a que Hacienda se los remita podrán obtener, a través del portal de internet de la Agencia Tributaria o mediante una llamada telefónica (901 12 12 24), el número de referencia que les permita acceder a los mismos por Internet.  Para ello, deberán comunicar su NIF, el importe de la casilla 698 de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2009 y el número de teléfono móvil en el que deseen recibir mediante ‘sms’ el número de referencia del borrador o de los datos fiscales.

Se podrá solicitar por Internet a través de la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), por teléfono, (901 12 12 24/ 901 200 345) o en las oficinas de cualquier delegación de la Agencia Tributaria.  La Campaña de la Renta comienza el 3 de mayo y acaba el 30 de junio.

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