El pago único está exento en la declaración de la Renta

Captura pagina web SEPE

Es tiempo de presentar la declaración de la Renta 2013, y como es el momento de en una página dedicada a los emprendedores hacer un pequeño recordatorio sobre la tributación del dinero recibido en concepto de pago único de la prestación de desempleo para montar tu negocio.

Como ya decíamos en su momento el pago único actualmente está exento de ser incluido en tu declaración de la renta, pero pero no siempre ha sido así, y es que anteriormente se establecía el límite en 15.500 euros. Tanto la exención total actual como la anterior están condicionadas al mantenimiento de la actividad durante cinco años.

Y es que las prestaciones por desempleo tributan como rendimientos del trabajo personal en el IRPF, pero existe esta exención cuando se trate de un caso o modalidad concreta: prestaciones por desempleo reconocidas por la respectiva entidad gestora cuando se perciban en la modalidad de pago único, desapareciendo el límite de 15.500 euros previsto para la exención hasta el 31/12/2012.

Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

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