Los jóvenes en paro sin experiencia podrán realizar prácticas remuneradas

Toda aquella empresa que lo desee podrá recurrir a los servicios públicos de empleo para encontrar jóvenes en paro de entre 18 y 25 años, con altas cualificaciones pero sin experiencia laboral para realizar prácticas no laborales durante un tiempo de entre tres y nueve meses Así lo explicó el Gobierno en un Real Decreto publicado el pasado viernes en el BOE.

Durante dicho periodo de prácticas, los jóvenes participantes en el programa recibirán mensualmente de las empresas una especie de beca de apoyo cuyo importe será, como mínimo, del 80% del Iprem mensual vigente en cada momento (unos 426 euros mensuales con el Iprem actual).

Así lo explica el Gobierno en un Real Decreto publicado el viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para regular las prácticas no laborales en las empresas. El objetivo de esta medida es ayudar a los jóvenes desempleados que, aun teniendo formación académica o formación profesional acreditada, tienen nula o escasa experiencia laboral.

Las empresas interesadas en contar con estos jóvenes tendrán que suscribir previamente un convenio con los servicios públicos de empleo en el que presentarán un programa de prácticas no laborales. Los servicios públicos de empleo se encargarán de la preselección de candidatos, pero serán las empresas las que hagan la selección final.

Estas prácticas no supondrán, en ningún caso, la existencia de una relación laboral entre las empresas y los jóvenes. Al término de las mismas, los participantes en ellas recibirán un certificado y podrán ser contratados por las empresas donde han desarrollado las prácticas, pudiendo acogerse el empleador además a los incentivos de la contratación vigentes en el momento.

Podrán beneficiarse de estos programas jóvenes desempleados inscritos en las oficinas de empleo de entre 18 y 25 años, inclusive, que tengan una titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional, de grado superior o medio, o titulación del mismo nivel que el de esta última, correspondiente a las enseñanzas de formación profesional, artísticas o deportivas, o bien un certificado de profesionalidad. Los jóvenes que quieran participar en estas prácticas no podrán haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en la misma actividad. Las prácticas se desarrollarán en los centros de trabajo de la empresa o del grupo empresarial bajo la dirección y supervisión de un tutor.

Las empresas tendrán que definir en los acuerdos de prácticas que suscriban con los beneficiarios el contenido concreto de la práctica a desarrollar, la duración de la misma, las jornadas y horarios para su realización, el centro o centros donde se realizará, la determinación del sistema de tutorías y la certificación a la que tendrá derecho el joven por la realización de las prácticas

Ver normativa >  Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas (BOE 278, de 18 de noviembre de 2011)

Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

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