
Esta modificación permite anticipar a los contribuyentes, sin esperar a la presentación de la declaración de la renta, la nueva deducción de 400 € en el IRPF. Se pueden beneficiar de esto los que perciban rentas del trabajo (fundamentalmente, asalariados y pensionistas) soportando la correspondiente retención y también los que perciban rendimientos procedentes de actividades económicas que presenten pagos fraccionados.
Esta medida se aprobó el pasado mes de abril en el Real Decreto Ley de Medidas de Impulso a la Actividad Económica e incorpora la nueva deducción en el período impositivo 2008 y siguientes. Según Hacienda supondrá un ahorro para los contribuyentes de 6.000.000 €, un 0,9 % de la renta disponible de las familias.
Esta medida se aprobó el pasado mes de abril en el Real Decreto Ley de Medidas de Impulso a la Actividad Económica e incorpora la nueva deducción en el período impositivo 2008 y siguientes. Según Hacienda supondrá un ahorro para los contribuyentes de 6.000.000 €, un 0,9 % de la renta disponible de las familias.
El lunes, en el BOE, podremos ver con exactitud la forma de proceder para empresarios y trabajadores, y saber cuanto será de ventajosa esta medida, ya que no se si el contribuyente ha terminado de entender que es tan sólo un anticipo de su declaración del IRPF 2008.
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