En estos días de julio, concretamente los días 21 y 25, como pyme tendremos que afrontar la presentación de retenciones, pagos fraccionados, liquidaciones de IVA (IGIC en el caso de Canarias) y en su caso, el Impuesto de sociedades, ya que el IRPF ya lo hemos presentado en Junio si nos correspondía.
Por tanto el día 21, es el fin de plazo para presentar los modelos 110, 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 130, 131, (300, 310) IVA, (420, 421) IGIC; y el 25 de julio los modelos 200, 201, 220, 225
De estos, los más comunes como empresarios son:
- Modelo 110: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, en el declaramos lo que le hemos pagado y retenido a trabajadores y profesionales (El modelo 111 es el mismo pero para grandes empresas)
- Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre arrendamientos de inmuebles urbanos, en este modelo se declaran las retenciones que se practican sobre los alquileres de locales y oficinas de naturaleza urbana.
- Modelo 130: Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa.
- Modelo 131: Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva, es decir en módulos. Si quieres saber más sobre los módulos pincha en Módulos.
- Modelos 300 y 310: Son las declaraciones trimestrales del IVA, el primero para quien este en estimación directa y el segundo para los que estén en módulos. (Para el caso de Canarias, son los modelos 420 y 421 para declarar el IGIC).
- Modelo 200, 201, 220 y 225: Del impuesto sobre Sociedades.