Calendario laboral 2011

Ha salido publicado el calendario laboral 2011 en el que se fijan los días festivos y laborales del año. Para este 2011 Las fiestas generales comunes para todo el territorio español son:

  • 1 de enero. Año nuevo (Sábado)
  • 6 de Enero Reyes (Jueves)
  • 22 Abril Viernes Santo
  • 15 de Agosto La Asunción (Lunes)
  • 12 de octubre. Fiesta Nacional de España (Miécoles)
  • 1 de noviembre. Todos santos (Martes)
  • 6 de diciembre. Constitución (Martes)
  • 8 de diciembre. La Inmaculada (Jueves)

Además cada comunidad autónoma fija sus días autonómicos que podrás consultar en el siguiente enlace del Ministerio de Trabajo: Calendario de fiestas por Comunidades Autónomas 2011

A la hora de fijar los calendarios laborales hay que tener en cuenta varios aspectos tenidos en cuenta:

  1. Se fijan anualmente.
  2. Los festivos establecidos tienen carácter retributivo y no recuperable.
  3. No podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales. En cualquier caso se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de Mayo como fiesta del Trabajo, y 12 de Octubre como fiesta Nacional de España.
  4. Respetando las expresadas en el párrafo anterior, el Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan en domingo.
  5. Las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes. Asimismo, podrán hacer uso de la facultad de traslado a lunes las previstas en el párrafo anterior.
  6. Si alguna Comunidad Autónoma no pudiera establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales, podrá, en el año que así ocurra, añadir una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce. * Se fijan anualmente.
Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

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