Conceptos: Domicilio Social y domicilio fiscal

Foto de una casa

Como emprendedores el domicilio social y el fiscal son importantes ya que representan una parte importante de como nos relacionamos con las distintas administraciones públicas

Domicilio Social

El concepto de domicilio social viene recogido en está definido en Ley de Sociedades de Capital en su artículo 9. Es aquel en el que se encuentra el centro de su efectiva administración y dirección o en el que radique el principal establecimiento o explotación de la empresa. Si éste se encuentra en territorio español, el domicilio deberá estar en España. La clave es, por tanto, que exista una relación entre dicho domicilio y el desarrollo de la actividad de la empresa.

Además, en función de donde se encuentre situado, se le asignarán a la empresa el Registro Mercantil que le corresponde, los juzgados competentes, la legislación autonómica. El domicilio social debe de estar informado en la escritura de constitución de la sociedad. Si se quiere modificar se ha de aprobar en Junta, elevarlo a público ante notario e inscribirlo en el Registro Mercantil. Una vez hecho esto lo comunicaremos a Hacienda mediante 036 y a Seguridad Social mediante una solicitud de variación de datos, cosa que se hará también en el caso de ser un Autónomo, que en sus trámites no tiene que ir al Registro.

Domicilio Fiscal

La definición de domicilio fiscal la podemos encontrar en el artículo 48 de la Ley General Tributaria. El domicilio fiscal es el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria.

En este sentido, sse considerará como tal para las personas físicas su residencia habitual y para las personas jurídicas el domicilio social siempre que en él se realicen las funciones de gestión administrativa y dirección de la empresa. En caso de que no sea así, será el domicilio fiscal aquel en el que se realicen dichas funciones.

Los dos domicilios han de ser comunicados tanto a Hacienda como a Seguridad Social en el momento en el que se solicita el alta. Para modificar el domicilio fiscal es suficiente con presentar un 036 en Hacienda y una solicitud de variación de datos en la Seguridad Social respectivamente.

También pueden existir otra serie de locales afectos a la actividad de la empresa, que son aquellos que se utilizan para el desarrollo de la misma sin ser el domicilio fiscal o social. Es necesario comunicarlos a Hacienda para que podamos deducir sus gastos.

El domicilio social y el fiscal pueden por tanto coincidir o no en función de las características de la empresa. Es importante la elección de los mismos ya que de ello depende con qué administraciones públicas nos vamos a relacionar y la normativa local que nos va a afectar.

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Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

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