FOGASA se hará cargo del pago de 8 días de indemnización

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El Boletín Oficial del Estado publica la Resolución de 3 de junio de 2011 en la que se definen las condiciones de aplicación y procedimiento mediante el cual, el FOGASA -a partir del 18 de julio- se hará cargo del pago de 8 días de indemnización prorrateándose por meses los periodos inferiores al año que corresponde al trabajador por la extinción de un contrato indefinido por causas objetivas. El procedimiento de solicitud de prestaciones al FOGASA se iniciará, siempre, a instancia de la empresa o del empresario. En primera instancia el empresario ha de abonar integramente al trabajador los 20 días por año que correponden a la indemnización y posteriormente es la empresa quien ha de solicitar al FOGASA el abono de los 8 días por año que corresponderían al Fondo.

 

Condiciones

 

    Que el contrato de trabajo extinguido sea de carácter indefinido, tanto ordinario, como de fomento de la contratación indefinida.
    Que este se haya celebrado a partir del 18 de junio de 2010 y haya tenido una duración superior a un año.
    La extinción del contrato debe haberse producido por alguna de las causas previstas en los artículos 51 ó 52 del Real Decreto Legislativo 1/1995 o 64 de la Ley 22/2003, siendo indiferente el número de trabajadores empleados por la empresa.

 

Marco legal

 

La Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, encomienda al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) el reconocimiento de una nueva prestación ampliando la extensión de su acción protectora. Así, se establece en su disposición transitoria tercera que con tal carácter el FOGASA abonará a las empresas una parte de la indemnización devengada como consecuencia de la extinción de los contratos indefinidos celebrados a partir del 18 de junio de 2010.

 

 

2 Replies to “FOGASA se hará cargo del pago de 8 días de indemnización”

  1. Oscar dice:

    Yo hice el papeleo el día 14/10/11 y a día de hoy 27/01/12 he cobrado menos de la mitad de lo que me dijo mi EXjefe en el finiquito……a ver como me las arreglo ahora.

  2. Alejandro Santos dice:

    ¿Era un período inferior al año?

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