La temporalidad de los contratos tras la reforma laboral

En efecto, tras la entrada en vigor de la reforma laboral que llevó a los sindicatos mayoritarios -UGT y CCOO- hace unos días a una huelga general que apenas paralizó un 20% este país, los contratos temporales sufren algunos cambios. La norma ahora señala que los trabajadores que en un período de treinta meses hubiera estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, para el mismo o diferente puesto de trabajo, con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de una empresa de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades de contrato, adquieren la condición de fijos.

Esta regulación también resulta de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarial. De este modo, se han extendido mucho más los casos en los que el contrato devenía indefinido.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

scroll to top