Las empresas grandes tendrán que enviar a Hacienda sus facturas en tiempo real

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La Agencia Tributaria, en su lucha contra el fraude va a dar una paso más alla y a partir de 2017 obligará a las grandes empresas, 62.000 aproximadamente, —las que facturen más de seis millones de euros—, los grupos societarios a efectos de IVA y los inscritos en el régimen de devolución mensual del impuesto, a hacerles llegar de manera telemática información sobre sus facturas y tickets emitidos a sus clientes y los recibidos de sus proveedores.[pullquote]¿Este nuevo sistema será en el futuro sólo para las grandes empresas?[/pullquote]

Tal y como podemos leer en El Pais al director general de la Agencia Tributaria, Santiago Menéndez, esto supondrá la puesta en marcha dentro de dos años de un nuevo Sistema Inmediato de Información (SII) que «permitirá agilizar las devoluciones, proporcionar al contribuyente los datos fiscales para su declaración y practicar las actuaciones de comprobación de manera más ágil y efectiva»

Las grandes empresas dispondrán de cuatro días desde que emitan o reciban la factura o el recibo para remitir a Hacienda la información fiscal. No tendrán que enviar una copia real de la factura sino de los datos fiscales básicos de dicha factura: fecha y hora de emisión, NIF, importe de la operación e impuestos. También deberán precisar si la operación corresponde a inversiones o gasto corriente a efectos de determinar si es deducible. Además, habrán de detallar si se les aplica el IVA de caja, si la factura es simplificada o si pertenece a algún régimen especial. Estos envíos suponen que será la Agencia Tributaria quien lleve los libros registros de IVA en vez de las compañías.

Como podemos ver el sistema también afecta a los tiques de compra, teniendo que remitirse también la información fiscal que figura en el recibo de una compra que se realice en una gran superficie o supermercado, controlándose así la facturación de caja.

Este exceso de control por un lado supondrá rebajar las exigencias por otro ya que con este nuevo sistema se eximirá a las grandes empresas de presentar las declaraciones de los modelos 347 (información de terceros), 340 (operaciones en los libros registros) y 390 (resumen anual del IVA)

El capital mínimo para crear una sociedad anónima se duplica a 120.000 euros

A la par con esto también hay que recordar respecto a las Sociedades Anónimas, que en el anteproyecto de Ley del Código Mercantil en el que está trabajando el Gobierno, también se contempla una subida del capital social mínimo para constituirse, elevándose desde los 60.000 euros actuales a los 120.000 euros, tal y como se recoge en las futuras modificaciones del Código del Comercio vigente de 1885.el sistema.

Foto | Theen Moy

Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

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