El Gobierno estudia que los autónomos puedan cambiar su base de cotización todos los meses

Foto de Fátima Bañez

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social está trabajando en un proyecto de Orden Ministerial, que se encuentra en fase de consultas, que permitirá a los autónomos elegir sus bases de cotización cada mes y no sólo dos veces al año, como sucede actualmente.

Esta medida, que podría entrar en vigor el próximo 1 de enero de 2014, afectará a todos aquellos trabajadores por cuenta propia que presenten la solicitud de cambio de base por medios telemáticos, lo que en la práctica afecta al grueso del colectivo.

Según consta en el proyecto de Orden Ministerial, al que ha tenido acceso Europa Press, con esta iniciativa se amplían las posibilidades de los autónomos de cambiar sus bases de cotización «tantas veces como consideren convenientes», dentro de los límites legales aplicables, y durante todo el año, sin limitación alguna de fechas.

La nueva base elegida tendrá efectividad el primer día del mes siguiente a la presentación electrónica de la solicitud ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

Dadas las oscilaciones de los ingresos que perciben los emprendedores, esta medida les permitirá adaptar sus bases de cotización a cada momento y no aferrarse a una única base, que además suele ser la mínima, que es la base por la que cotizan el 82% de los trabajadores por cuenta propia.

Actualmente, los autónomos sólo pueden solicitar el cambio de base de cotización en dos fechas, antes del 1 de mayo, para surtir efectos desde el 1 de julio, y antes del 1 de noviembre, con efectos desde el 1 de enero del año siguiente.

Cuando entre en vigor esta Orden Ministerial, los trabajadores por cuenta propia podrán modificar con carácter mensual su base de cotización y elegir entre la mínima (875,70 euros para 2014) y la máxima (3.597 euros), cosa que no varía.

El proyecto de Orden Ministerial permitirá también que el incremento automático de las bases de cotización y las renuncias a las mismas pueda realizarse a lo largo de todo el año natural, sin limitación alguna de fechas, para que tenga efectividad a partir del comienzo del año siguiente. En este caso, no es necesario que la solicitud se presente por medios electrónicos.

Fuente > La Vanguardia

Foto > La Moncloa – Gobierno de España

Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

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