¿Estás colegiado?: Claves de la nueva Ley de Colegios Profesionales

La nueva ley de los colegios profesionales

El Gobierno está preparando el anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales con el fin hacer más competitivo y liberalizado el mercado laboral en España. Ni que decir tiene que un cambio en los colegios profesionales traerá mucho debate y gente a favor en contra; veamos los principales cambios que se avecinan.

De 80 a 38 profesiones con obligación de colegiarse

Actualmente para ejercer algunas profesiones, 80 concretamente, hay que estar ‘colegiado’ como se conoce a pie de calle, lo que implica pagar una cuota al colegio profesional correspondiente. La nueva ley va a contemplar la reducción de la obligación de estar colegiado a 38 profesiones, conservándose, entre otras, las siguientes:

  • médicos,
  • dentistas,
  • farmacéuticos,
  • veterinarios,
  • enfermeros,
  • fisioterapeutas,
  • podólogos,
  • ópticos-optometristas,
  • biólogos,
  • físicos,
  • químicos,
  • geólogos,
  • psicólogos,
  • arquitectos,
  • arquitectos técnicos,
  • abogados,
  • procuradores,
  • graduados sociales,
  • notarios,
  • registradores de la propiedad y mercantiles,
  • ingenierías e ingenierías técnicas reguladas.

Con esto, perderán la posibilidad de colegiarse, entre otras:

  • profesores de educación física,
  • los doctores licenciados en bellas artes,
  • actuarios,
  • agentes comerciales,
  • gestores administrativos,
  • agentes de la propiedad industria,
  • administradores de fincas
  • ambientólogos,
  • bibliotecarios,
  • joyeros,
  • guías turísticos,
  • periodistas,
  • publicistas
  • detectives privados

Modificaciones a la reserva de actividad

Se modifica la reserva de actividad, que consiste en que determinadas actividades solo puedan ser prestadas por ciertos profesionales, un ejemplo práctico, los médicos; en este caso, se elimina esta reserva de actividad para:

  • enólogos,
  • técnicos especialistas en vitivinicultura,
  • guías turísticos,
  • decoradores de interior
  • delineantes.

Se debe tener en cuenta que las comunidades autónomas podrán fijar reservas de actividad en sus respectivos territorios para oficios que no requieran titulación universitaria.

Reducción de las cuotas del colegio profesional a 240 euros mensuales

Uno de los principales cambios previstos en este anteproyecto de Ley de de Servicios y Colegios Profesionales es la fijación de un importe máximo para la cuota a pagar para pertenecer a un colegio profesional, que no podrá ser nunca superior a 240 euros mensuales, 2880 euros anuales, lo que seguramente obligará a muchos colegios a bajar la cuota, lo que redundará en los profesionales pero seguro que también afectará a que muchos colegios reducirán estructura.

Te puedes colegiar en cualquier sitio de España

Se añaden cambios para que cualquier profesional obligado a estar colegiado lo pueda hacer en cualquier colegio independientemente a donde ejerza, en otra comunidad autónoma, esto, según el Gobierno mejorará, la competencia entre las distintas organizaciones profesionales y mejorará el servicio.

Foto > Fernando Carmona Gonzalez

Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

1 Reply to “¿Estás colegiado?: Claves de la nueva Ley de Colegios Profesionales”

  1. JAA dice:

    Son 280 euros anuales o 20 mensuales de cuota máxima.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

scroll to top