Los nuevos despidos procedentes e improcedentes

Estos días todas las conversaciones siguen girando en torno al Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Hemos preparado un cuadro comparativo de los despidos con la legislación anterior y la nueva que ya ha entrado en vigor. Empezamos con el despido improcedente:

 

ANTES AHORA
INDEMNIZACIÓN 45 días por año trabajado 33 días por año trabajado
MENSUALIDADES 42 24
OPCIONES DEL
EMPRESARIO
Readmisión con salarios de
tramitación o indemnización
Readmisión o indemnización

 

El siguiente es el despido procedente u objetivo:

 

ANTES DESPUÉS
CAUSAS Situación económica negativa: pérdidas actuales o previstas
o disminución del nivel de ingresos que afecten a su viabilidad
o capacidad de mantener su volumen de empleo
Las causas anterior o una disminución persistente
en el nivel de ingresos o ventas durante
tres trimestres consecutivos
REQUISITOS Acreditación de los resultados
alegados y justificarlos
Demostración de disminución
de beneficios

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