Los requisitos para cobrar los 400 euros del plan prepara y los itinerarios de inserción «obligatorios»

Y es que para poder cobrar los 400 euros de subsidio del Plan Prepara el solicitante debe, por ejemplo, emprender distintas iniciativas «necesarias» de búsqueda de empleo durante un mínimo de 30 días y acreditarlas ante el servicio público de empleo en un plazo de dos meses, demostrando que «al menos» ha realizado tres acciones.

Así, por ejemplo, se considerará una acción cada una de las actuaciones siguientes:

  • Demostrar que el demandante ha trabajado por cuenta propia o ajena
  • Haber enviado o presentado el currículum al menos en tres empresas distintas
  • Haber mantenido al menos una entrevista de trabajo.
  • Haberse inscrito en al menos una agencia de colocación autorizada
  • Que se haya registrado como demandante de trabajo en portales de empleo privados o de los servicios públicos de empleo
  • Cualquier otra actuación en acciones formativas.

Estas son las nuevas condiciones publicadas en El Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 1 de septiembre, donde podemos encontrar el reglamento que desarrolla el decreto ley de la prórroga del Prepara, por el que se determina la forma y plazos de la presentación de las solicitudes y la tramitación para cobrar los 400 euros que contempla el plan. Empleo pretende que con ese plazo de 30 días que da a las autonomías los beneficiarios puedan acelerar el cobro hasta un mes o un mes y medio en la primera nómina.

Según el reglamento, los nuevos beneficiarios del Prepara (desempleados que agoten su prestación por paro o subsidios entre el 16 de agosto de 2012 y el 15 de febrero de 2013 ambos inclusive) podrán solicitar la ayuda a partir del pasado 1 de septiembre.

Además, el Gobierno con esta iniciativa quiere homologar los requisitos para demostrar la búsqueda activa de empleo en todas las comunidades autónomas. El reglamento establece que si la acreditación de que se ha buscado empleo se presenta fuera del plazo de dos meses se denegará la ayuda de 400 euros.

La concesión de la ayuda económica corresponderá a los servicios públicos de empleo que, en caso de que soliciten documentación complementaria al interesado y éste no la aportase en un plazo de diez días, darán por desistida la solicitud.

La decisión de conceder o denegar los 400 euros se dictará en un plazo máximo de tres meses desde la fecha de solicitud de la ayuda y transcurrido ese tiempo, si no se notifica resolución alguna, se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Para proceder al pago de la ayuda, cada dirección provincial de los servicios públicos de empleo comenzará a elaborar la nómina con la información obtenida el día 5 o primer día hábil posterior del mes siguiente; según la resolución la primera nómina «se comenzará a elaborar» el 5 de octubre.

Fuente > El Pais

Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

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