[pullquote]Si contratas a alguien no tienes derecho a la medida de los 50 € de los autónomos[/pullquote]El otro día, en el artículo ¿Por qué no me gusta la medida del autónomo de 50 € durante 6 meses? analizábamos una de las medidas puestas en práctica para ayudar a los emprendedores, pero una vez publicado el en el BOE el Real Decreto-ley 4/2013, da para seguir analizando y reafirmarnos y añadir un criterio más de lo pobre de la medidas; y es que solo hay que leer la letra pequeña.
En el Real Decreto-ley 4/2013, la medida aparece redactada los siguientes términos:
Alternativamente al sistema de bonificaciones y reducciones establecido en el apartado anterior, los trabajadores por cuenta propia que tengan menos de 30 años de edad y que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los cinco años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, podrán aplicarse las siguientes reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes, excepto en la incapacidad temporal, resultante de aplicar a la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, por un período máximo de 30 meses, según la siguiente escala:
a) Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta
b) Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período señalado en la letra a).
c) Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra b).
d) Una bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción.
Y justo lo que no nos gusta viene después, ya que no sólo bastaba con delimitar la medida a los jóvenes, primer error, sino que como se puede ver en el la coletilla que aparece en la normativa deja claro que no se quieren mojar mucho o nada:
Lo previsto en el presente apartado no resultará de aplicación a los trabajadores por cuenta propia que empleen trabajadores por cuenta ajena
Pues bien, si eres un autónomo, si eres mayor de 30 olvídate, pero si eres menor de 30 y contratas a alguien, es decir creas empleo, también olvídate.
Aparte de ser dificil de entender, lo que se evidencia con esto que se han fijado es en el problema concreto del desempleo juvenil, cosa que no se soluciona solo con la creación de empresas, en vez de fijarse en el problema del crecimiento económico al que si ayuda la creación y sostenimiento de empresas, si lo fomentas de manera generalizada a cualquiera que quiera crear una empresa independientemente de su edad o situación.
Normativa relacionada >Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo
Foto > Jayjay P
Se sabe cuando entra en vigor?
Hola Juan Carlos, ya entró desde hace 15 días, puedes ver en enlace al boletín en nuestro artículo:
http://www.emprendemania.com/2013/03/empresas-con-un-solo-euro-de-capital-social.html
Saludos