Resumen de medidas que se incluirán en la nueva Ley de autónomos

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La Comisión de Empleo del Congreso aprobará hoy un nuevo paquete de medidas dirigidas a los trabajadores autónomos, si bien tenderemos que esperar a su publicación en el BOE para saber desde cuando se pueden aplicar.

Pero, ¿qué significan estos cambios de los autónomo?

Antes de entrar en profundidad en los cambios propuestos, si sería conveniente ponerlos en perspectiva, ya que tanto el Gobierno como las asociaciones «representativas» de autónomos no parece que tengan las ideas muy clara, revisemos un par de cuestiones:

  • Se mezclan y confunden constantemente el emprendedor y el autónomo, no siendo cierto que muchas de las medidas propuestas sean para los autónomos (aunque afecten al RETA), ya que en gran medidas son para personas que comienzan una empresa, no existiendo medidas que cambien sustancialmente la situación de las personas autónomas que llevan años soportando costes excesivos de seguridad social.
  • Con estas medidas, muy dirigidas al que emprende, suceden tres efectos, primero, que se lancen a crear empresas a personas que no sirven para eso, por eso el 90% de las empresas no llega al quinto año; segundo, que no se atiendan las necesidades del autónomo que está intentando consolidarse, que es el que más empleo puede generar, y tercero, que se produzcan agravios comparativos entre dos negocios iguales, pero que por las características del promotor compiten desigualdad de condiciones pagando uno más seguridad social que el otro.
  • Los principales problemas siguen sin ser atendidos, como pueda ser pagar una cuota menor, pagar una cuota vinculada a los ingresos y además, que los impuestos consideren un sueldo mínimo como gasto deducible, no pagar impuesto sin incluir el sueldo como gasto.
  • La equiparación del régimen autónomo, trabajador por cuenta propia, a los trabajadores por cuenta ajena del régimen general: paro, cotizaciones, jubilación, bajas, etc.

Principales cambios para los autónomos 2017

Analizado esto, veamos los cambios que se van a introducir:

  • Permitir que los autónomos cambien de base de cotización cuatro veces al año en vez de los dos periodos actuales, lo que afectará principalmente a la cuota mensual que pagan y a lo que estaría cotizando, cambio no muy relevante ya que la gran mayoría cotiza sobre la base mínima, aunque es una flexibilidad necesaria, lo normal es que se pudiera hacer una vez al mes, o lo que es lo mismo doce veces al año
  • En los momentos del alta y de la baja de los autónomos pagar sólo por los días en que se haya estado de alta del mes – pero solo en tres altas y tres bajas -. Hasta ahora independientemente del día en que te dieras de alta o baja te cobraban el mes completo, por lo que el cambio supondrá que se haga un prorrateo y se pague en función de los días realmente trabajados.
  • La tarifa plana del emprendedor, en su tramo de los 50 euros, se amplia a un año, no los 6 meses actuales. Igualmente, los emprendedores podrán volver a solicitarla 2 años después de haber finalizado la actividad empresarial por la que fueron beneficiarios anteriormente, plazo que estaba establecido anteriormente en los 5 años.
  • Se establece una tarifa plana de 50 euros para las mujeres que se reincorporen al trabajo después de la baja por maternidad.
  • Se aprueba la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
  • Se corrige lo planteado hace dos años, de manera que ahora la subida de la cuota de los autónomos societarios, si la hubiera, este año subió el 8%, se determine en los presupuestos generales del Estado
  • Se permite compatibilizar al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo.
  • Se reducen, pero no solo para los autónomos, los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social, pasando del 20% al 10% en el primer mes.
  • Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla, lo que supondrá una sorpresa porque existían personas que desconocían que esta posibilidad existía.
  • Los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consoliden su actividad empresarial. Igualmente, se plantea una mejora la formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos.
  • Mejora de las condiciones de los emprendedores con discapacidad.
  • Se facilita y se permite la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos, entendido esto como una excepción más en los autónomos colaboradores
  • Se reconoce el accidente in-itenere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los profesionales autónomos.
  • Los autónomos podrán deducirse un 20% de los gastos de suministros, como el agua, la luz, la electricidad y la telefonía, siempre que se trabaje desde casa.
  • Se han establecido deducciones por la manutención, cuando afecta directamente a la actividad, con un límite de 12 euros diarios, siempre que puedan comprobarse a través de medios telemáticos, estos
Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

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